Los trabajadores de INPARQUES han preparado y entrgado una carta dirigida a la Dirección General Sectorial de Parques Nacionales, llamando la atención sobre la propuesta de llavar mascotas al Parque Nacional Waraira Repano, pues contraviene el PORU (Plan de Ordenamiento y Reglamento de Uso) en su artículo 28, además de las razones de índole cientifica y técnica...
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Ciudadana
Lic. Hilda Rosa Ángel BencomoDirectora General Sectorial de Parques Nacionales (INPARQUES)
¿Mascotas y fauna silvestre juntas? Un riesgo para todas
Con asombro vimos la iniciativa: “Un día con tu mascota” a celebrarse todos los jueves dentro del parque nacional El Ávila – Waraira Repano, auspiciada por el Ministerio del poder popular para el Turismo y la empresa Venezolana de Teleféricos VENTEL quiénes desconociendo el Plan de Ordenamiento y Reglamento de Uso, PORU, vigente y a las autoridades de INPARQUES, actúan ilegalmente por simple lucro, colocando en riesgo tanto a mascotas como a la fauna silvestre del parque.
El artículo 28-B numeral 7 prohíbe expresamente en todo el parque nacional la introducción de animales domésticos. No es un capricho, hay razones científicas reconocidas globalmente, normas implementadas a nivel internacional y sentido común detrás de ésta prohibición. Un parque nacional es un lugar donde están protegidos la fauna silvestre y todos los procesos naturales para su bienestar. Cada animal cumple su función dentro del equilibrio ambiental. Ese equilibrio va a ser afectado si esta nueva y perjudicial actividad se llega a desarrollar. Como ya ocurre con las bicicletas. Por lo anteriormente señalado nos unimos a la solicitud de los directivos de SUNEP-INPARQUES para que la Dirección General Sectorial de Parques Nacionales, inicie el expediente administrativo sancionatorio contra los responsables de esta iniciativa, prohíba definitivamente esta actividad y proteja el patrimonio natural del país.
Anexamos la carta consignada por SUNEP-Inparques:
Caracas, 12 de enero de 2.022
Ciudadana
Lic. Hilda Rosa Ángel Bencomo
Directora General Sectorial de Parques Nacionales
Presente.
Nos dirigimos a usted en la oportunidad de exponer lo siguiente:
Es pública, notoria y comunicacional la promoción de la actividad denominada UN DÍA CON TU MASCOTA, cuya localización son las instalaciones del Sistema Teleférico Waraira Repano, actividad a realizarse los días jueves, la que consiste en el acceso de los usuarios acompañados por sus mascotas. Esta actividad es promovida por el MPP para el Turismo y Venezolana de Teleféricos (VENTEL) quienes, incluso, se han adjudicado la atribución de elaborar normas para regularla, en un ejercicio de usurpación de competencias dentro de un parque nacional.
El PORU del Parque Nacional El Ávila – Waraira Repano, en su artículo 28-B, numeral 7, PROHÍBE EXPRESAMENTE, EN TODO EL PARQUE NACIONAL LA INTRODUCCIÓN DE ANIMALES DOMÉSTICOS. Esta actividad se suma a la cadena de usos y actividades prohibidas que ocurren cotidianamente en este parque nacional, de manera impune, con la omisión manifiesta e inexplicable de la menor actuación oficial para impedirlas, tales como la construcción de mansiones y la circulación de bicicletas, entre otras; la segunda citada, promocionada en 2019 por el mismo Inparques.
Para quienes nos hemos formado profesionalmente en nuestro Instituto, siguiendo el credo ambientalista de quienes forjaron el Servicio de Parques Nacionales para el bien común, la pasividad de Inparques ante la violación flagrante de las normas que rigen su gestión de conservación ambiental, resulta estruendosa y estrambótica.
Casos como los arriba citados, así como la minería y la promoción de cerveza Corona en el Parque Nacional Canaima, las construcciones al margen del PORU en el Parque Nacional Archipiélago Los Roques, o la imagen de Daniel Dhers, bicicleta en mano en la cima del Salto Ángel, representan precedentes que inducen a pensar que las acciones dentro de las áreas del Sistema Nacional de Parque sólo tienen como límites la imaginación y la ocurrencia, sin medir las consecuencias negativas sobre los valores naturales y culturales protegidos y el derecho general a la protección de los mismos.
Por lo antes expuesto, ante las probables afectaciones a la fauna silvestre por la proliferación de animales domésticos en el Parque Nacional El Ávila – Waraira Repano, con fundamento en los principios de PREVENCIÓN, PRECAUCIÓN y TUTELA EFECTIVA contenidos en el artículo 4 de la Ley Orgánica del Ambiente, y en ejercicio del derecho y deber de denunciar agresiones al ambiente, contenido en el artículo 43 ejusdem, formalmente solicitamos que en el ejercicio del control del Plan de Ordenamiento y Reglamento de Uso que se asigna a la dirección a su cargo en el artículo 2 del referido Plan, así como las atribuciones establecidas a dicha dirección en el artículo 13 numeral 10 del Reglamento Orgánico de Inparques, se ordene el inicio del expediente administrativo sancionatorio contra los responsables de la promoción de la ilegal introducción de animales domésticos al Parque Nacional El Ávila – Waraira Repano; asimismo, con fundamento en el artículo 111 de la Ley Orgánica del Ambiente, solicitamos que, estando en conocimiento de esta actividad ilegal, se prohíba la introducción de animales domésticos al Parque Nacional El Ávila – Waraira Repano.
Sin más a qué hacer referencia, quedamos a la espera de la oportuna y adecuada respuesta a lo aquí solicitado, derecho establecido en el artículo 51 de la Constitución vigente.
José Gregorio Matute
Secretario General SUNEP- Inparques
Marlene Sifontes Guevara
Secretaria Organización SUNEP-Inparques
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